¿Tengo derecho a pensión no contributiva si no me he separado judicialmente?

Recientemente el Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en relación al derecho a una pensión de jubilación no contributiva de una pareja separada de hecho.

¿Qué significa “separación de hecho”? pues sencillamente, que no se ha acudido al juzgado a separarse judicialmente, por tanto, el matrimonio sigue existiendo y siendo plenamente válido y efectivo.

A través de dicha sentencia, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, quiere dar por terminado el debate sobre si se tiene o no derecho a dicha pensión y, en referencia a una sentencia de dicha Sala de 2011, donde daba respuesta a la cuestión, reproduce: “En definitiva, la presunción de vigencia de la sociedad legal de gananciales mientras subsista el vínculo matrimonial, aunque exista una separación de hecho, constituye una presunción legal que el Juez debe aplicar en los supuestos que corresponda sin necesidad de que haya sido alegada ni acreditada por las partes.”

Además, se aclara que si se quiere lograr una total efectividad de la rotura del vínculo matrimonial es fácil: “Cabe añadir que la parte actora, ahora recurrente tuvo, y sigue teniendo la fácil posibilidad que otorga el art. 1393, 3º, y más eficazmente todavía el art. 86, en relación con el 81, todos del Código Civil , para poner fin a esa situación ambigua sobre la comunicación de ganancias, pudiendo solicitar de nuevo la prestación una vez que la situación matrimonial se regularice jurídicamente

Por tanto, previamente a la solicitud de dicha pensión, tal como expone la sentencia: “solo cuando constan que se han agotado los deberes de protección recíproca en el marco de la institución matrimonial para los cónyuges separados de hecho, lo que no ha sucedido en los supuestos de las sentencias compradas, cabría pensar en la posibilidad de recurso a la protección social…”.

Espero que este comentario os ayude a tener las cosas más claras.

Si tenéis cualquier duda o queréis saber más ya sabéis que podéis pedir cita previa mediante el contacto de la web o llamando al teléfono 923 06 04 43.

Julio Guerrero.

Share