Hipoteca Multidivisa

De nuevo una Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 15 de noviembre de 2017 declara que este tipo de cláusulas son NULAS.

¿Qué es? es un producto financiero complejo que depende las variaciones de monedas extranjeras y que tampoco emplea como índice de referencia el Euribor, sino el Libor.

¿Por qué? además de ser un producto financiero complejo, del que. el TS manifiesta literalmente que, “aunque el consumidor medio pudiera prever cierto incremento de las cuotas por la inflación de la moneda, hay otros riesgos asociados a estas hipotecas de los que no eran conscientes“, ,es decir se firmaban hipotecas que parecían muy favorables porque el Euribor en el momento de la firma estaba muy alto.

Quid de la cuestión: al igual que en la falta de transparencia ya que los clientes contraían unos riesgos de los que no eran informados adecuadamente de manera que no podían compara la oferta del préstamo hipotecario multidivisa con la de otros préstamos.

Perfil afectado con derecho a reclamar: consumidor particular sin cualificación adecuada para entender el producto e insuficientemente informado de los riesgos del producto.

Pasos: los mismos que los de la cláusula suelo (siempre asesorados por profesionales):

  • Primer contacto con el banco.
  • No firmar nada sin asesoramiento profesional.
  • No acuerdo: reclamar judicialmente.

Si tenéis cualquier duda o queréis saber más ya sabéis que podéis pedir cita previa mediante el contacto de la web o llamando al teléfono 923 06 04 43.

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