La LGT y los Procedimientos Tributarios

La Ley General Tributaria supuso un importante avance en la regulación de los procedimientos tributarios. Como se desprende de su artículo 83 el ámbito de aplicación de los tributos comprende:

1. Las actividades administrativas de información y asistencia, la gestión, inspección, recaudación de tributos y resolución de reclamaciones económico-administrativas.
2. Las actuaciones de los obligados en el ejercicio de sus derechos y obligaciones tributarias.

Pero además, la LGT, supuso un acercamiento de la normativa administrativa (LRJAP-PAC), como se desprende del artículo 97 LGT, que establece:

“Las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos se regularán:

a) Por las normas especiales establecidas en este título y la normativa reglamentaria dictada en su desarrollo, así como por las normas procedimentales recogidas en otras leyes tributarias y en su normativa reglamentaria de desarrollo.

b) Supletoriamente, por las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos.”

Junto a todo esto debemos tener en cuenta que para que un acto sea válido se debe haber dictado conforme a los principios de:

1. Competencia material
2. Competencia territorial
3. Competencia jerárquica

En posteriores blogs se analizarán los diferentes procedimientos tributarios.

Si tenéis cualquier duda o queréis saber más ya sabéis que podéis pedir cita previa mediante el contacto de la web o llamando al teléfono 923 06 04 43.

Julio Guerrero.

Share