Obligaciones tributarias del emprendedor

Mediante este breve blog os queremos dejar indicadas cuales son las obligaciones tributarias, a fecha del presente, que se tiene cuando iniciamos una nueva actividad. Esperemos que después de pasar el confinamiento se reduzcan o al menos sean realizables con mayor agilidad y cercanía al emprendedor.

  1. Obligaciones tributarias materiales, entre otras (art.17.3 LGT):
  • Obligación tributaria PRINCIPAL: el pago de la cuota tributaria (art. 19 LGT)
  • Obligación tributaria de realizar PAGOS A CUENTA (art. 23 LGT)
  1. Obligaciones tributarias formales, entre otras (art. 29 LGT)
  • CENSALES: Modelos 036 y 037 (vector fiscal).
  • DOMICILIO FISCAL: lugar de localización del obligado tributario en sus relación con la AEAT.
  • IDENTIFICACIÓN: NIF
  • FACTURACIÓN: Obligación de documentar las operaciones.
  • REGISTRALES: Anotaciones de las operaciones en los libros-registro fiscales y en la contabilidad.
  • INFORMACIÓN: modelos de intercambio de información con la AEAT.
  • PRESENTACIÓN: modelos de autoliquidación y plazos de presentación.

Esperamos que este breve resumen os sea de utilidad y os oriente.

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