Relación de las sentencias sobre cláusula suelo y seguros sanitarios

De la lectura del título de este artículo uno se puede preguntar ¿qué tiene que ver una cosa con otra?, pues bien, vamos a intentar explicároslo y hacerlo más comprensible.

No cabe la menor duda que las sentencias dictadas en los últimos años por el Tribunal Supremo (TS) y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) van a hacer que tenga que revisarse el clausulado que se ha estado incorporando en los contratos de seguros sanitarios firmados con particulares.

Y eso… ¿por qué?; como ya se ha manifestado por las sentencias del TS, los tomadores deben ser conocedores de la carga real jurídica y económica que les suponen dichas cláusulas, es decir, que las compañías aseguradoras deben informar al paciente sobre cuáles son las obligaciones que le suponen y cuanto dinero, ya que, debido a la escasa regulación normativa, estos contratos se rigen por este clausulado no negociado que es impuesto unilateralmente lo que provoca una clarísima desigualdad.

En resumen, el TS y TJUE con estas sentencias lo que hace es establecer cuál debe ser la praxis en el control de las condiciones generales de cualquier contrato firmado entre una empresa y un particular.

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