Uffff…¡¡¡¡¡ qué alivio¡¡¡¡¡ por fin todos los meses tendré un dinerito extra…¡¡¡¡
Una vez que hemos acabado de pagar nuestra hipoteca deberíamos de realizar la cancelación registral de la misma. Parece una tontería pero nos puede ahorrar problemas en un futuro si queremos transmitir la casa.
Para realizar esta cancelación previamente debemos cumplir unos trámites. En primer lugar, Tenemos que revisar nuestro contrato, puesto que quizás hayamos firmado alguna cláusula de comisión por cancelación con el banco.
Posteriormente solicitaremos al banco el “certificado de deuda cero” y acudir al notario a realizar la escritura de cancelación que deberá ser firmada por el representante del banco con el que teníamos contratada la hipoteca.
Una vez que tenemos la escritura notarial se debe acudir al órgano de la comunidad autónoma encargado de la tributación autonómica y entregar en plazo el modelo correspondiente, cumplimentado correctamente, para realizar el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Ahora sí ¡¡¡¡ ya puedo ir al Registro de la Propiedad con toda la documentación y registrar la cancelación.
Hemos de tener en cuenta que todos trámites llevan un tiempo, de ahí su importancia de hacerlo lo antes posible.
Julio Guerrero