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En este artículo vamos a referirnos a la compatibilidad entre los diferentes tipos de pensiones que ya expusimos en un post anterior.
Como regla general (dejando a salvo las excepciones) se puede establecer que:
1.Son incompatibles:
a.Pensiones contributivas y las no contributivas
b.Las pensiones no contributivas
c.Entre prestaciones contributivas donde coinciden el beneficiario, la causa y el período.
2.Son compatibles:
a.Las pensiones por actividades profesionales y cotizaciones ...
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