Reclamar desperfectos en casa

Lo primero que debemos distinguir es si se trata de una vivienda de nueva construcción o de segunda mano. Vivienda de 2ª mano: el vendedor debe sanear los vicios ocultos (Art. 1.484 CC) que aparezcan posterior a la venta y que, de haberlos conocido el comprador, no se hubiere llevado a cabo la misma o cuanto menos por el precio por el que se llevo la operación; por eso es importante distinguirlos de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista del comprador o que fueran fácilmente...
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